Tu empresa va a tener que adaptar su sistema de facturación. Si facturas desde Luqen, ya está donde llevas los trabajos.
VERI*FACTU es una de las dos modalidades previstas por el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación. En esta modalidad, los registros informáticos de facturación se remiten a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria inmediatamente después de producirse.
| Quién | Debe adaptarse antes de |
|---|---|
| Entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| Resto de obligados tributarios | 1 de julio de 2027 |
Plazos vigentes a agosto de 2026, según la información publicada por la Agencia Tributaria. La aplicación concreta depende de la situación fiscal de cada negocio y existen particularidades territoriales.
La factura es el último paso de un trabajo que empezó con una llamada. Si van por separado, se teclea todo dos veces.
Cliente, sitio y equipo quedan registrados en la orden de trabajo.
Hace la visita y cierra el parte con materiales y tiempo.
Con lo del parte ya puesto: mano de obra, desplazamiento y material.
El sistema está preparado para trabajar con la modalidad VERI*FACTU.
Es una de las modalidades previstas por la normativa de Sistemas Informáticos de Facturación. En esta modalidad, los registros de facturación se remiten electrónicamente a la Agencia Tributaria inmediatamente después de producirse.
No necesariamente. La normativa contempla dos modalidades válidas: VERI*FACTU y NO VERI*FACTU. La obligación y la modalidad aplicable dependen de la situación de cada obligado tributario.
No. La Agencia Tributaria distingue los registros de facturación regulados por esta normativa de la factura electrónica: son obligaciones diferentes.
No. La facturación forma parte del mismo programa en el que llevas los clientes, las órdenes de trabajo y los partes.
La creamos al momento y te enviamos el acceso por correo. Llega configurada para trabajo a domicilio: técnicos, órdenes de trabajo y visitas.